Guías básicas

¿Qué documentos necesito para abrir un negocio en la CDMX?

Para abrir un negocio en la Ciudad de México necesitas, como base, un certificado de uso de suelo que permita tu giro en ese domicilio y el aviso o permiso de funcionamiento que corresponda a tu tipo de negocio. Según el giro, el tamaño y el aforo, también pueden aplicar documentos de protección civil, seguridad de instalaciones y avisos sanitarios.

La lista exacta no es igual para una papelería que para un bar o un consultorio. Lo que cambia todo es cómo clasifica la ley tu giro y cuántas personas y metros cuadrados maneja tu local.

¿Cuáles son los documentos básicos de cualquier negocio en la CDMX?

Casi todos los establecimientos mercantiles parten de estos documentos:

Documento Para qué sirve Quién lo revisa
Certificado de uso de suelo Confirma que en ese predio se permite tu giro Alcaldía e instituto de verificación en una visita
Aviso o permiso de funcionamiento Registra legalmente tu establecimiento y su giro Alcaldía (a través del sistema SIAPEM)
Documento que acredita la posesión del local Demuestra que puedes ocupar el inmueble Se declara al registrar el negocio
Medidas o Programa Interno de Protección Civil Prevención de riesgos para clientes y empleados Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil

El aviso para giros de bajo impacto es gratuito y, según el catálogo oficial de trámites, tiene vigencia permanente. Los giros de impacto vecinal e impacto zonal tienen avisos o permisos que se revalidan cada 3 y 2 años, respectivamente.

¿Cómo sé qué tipo de aviso o permiso le toca a mi negocio?

La Ley de Establecimientos Mercantiles divide los giros en tres grupos:

  • Bajo impacto: actividades de compraventa, distribución de bienes o prestación de servicios que no están en los otros dos grupos; la ley enumera estos giros en su artículo 35.
  • Impacto vecinal: salones de fiestas, restaurantes, hospedaje, clubes privados, cines, teatros, auditorios y pulquerías tradicionales (artículo 19).
  • Impacto zonal: establecimientos cuyo giro principal es la venta de bebidas alcohólicas en envase abierto o al copeo para consumo en el interior, como bares y antros (artículo 26).

Te lo explicamos a detalle en bajo impacto vs. impacto vecinal vs. impacto zonal.

¿Qué documentos extra pide cada tipo de negocio?

Tipo de negocio Documentos que suelen sumarse
Restaurante con venta de bebidas Aviso de impacto vecinal, Visto Bueno de Seguridad y Operación, avisos sanitarios
Bar, cantina o antro Permiso de impacto zonal, Visto Bueno con renovación anual y Programa Interno de Protección Civil si reúne a más de 100 personas en más de 250 m² o si su nivel de riesgo lo exige
Estética, barbería o spa Aviso sanitario; tarjeta de control sanitario si se hacen tatuajes, perforaciones o micropigmentación
Consultorio o clínica Aviso de funcionamiento y de responsable sanitario; licencia sanitaria si hay cirugía u obstetricia
Local con mesas en la banqueta Aviso de enseres en vía pública con vigencia de un año
Obra o remodelación Manifestación de construcción tipo A, B o C, según el proyecto

Cada caso tiene su propia guía: restaurante, bar o antro, estética o barbería y consultorio.

¿Quién pide estos documentos en una verificación?

Las alcaldías ordenan visitas de verificación a los establecimientos de su demarcación y el Instituto de Verificación Administrativa las practica. Durante la visita debes exhibir los documentos que exijan las disposiciones aplicables y permitir el acceso al personal verificador. Si quieres saber qué derechos tienes en ese momento, revisa qué hacer si llega una verificación.

¿Qué riesgo hay si me falta un documento?

El Reglamento de Verificación Administrativa prevé medidas de seguridad como la suspensión temporal, total o parcial, de actividades, y sanciones como multa o clausura temporal o permanente. Además, operar sin el documento correcto complica traspasos, renovaciones y cualquier trámite posterior.

Lo más común no es que falte todo, sino que algo venció o ya no coincide con la realidad del negocio: cambiaste de giro, ampliaste el local o aumentó tu aforo. Por eso conviene revisar tu expediente al menos una vez al año con un calendario de renovaciones.

¿Cómo empiezo sin perderme?

Haz primero un diagnóstico de tu caso: con tu giro, superficie, aforo y si vendes alcohol, se puede saber qué documentos te aplican y cuáles son urgentes. Después, decide cuáles tramitas tú y cuáles delegas.

Nuestros gestores pueden tramitarlo por ti.

Preguntas frecuentes

¿Todos los negocios necesitan el mismo documento de funcionamiento?

No. La Ley de Establecimientos Mercantiles clasifica los giros en bajo impacto, impacto vecinal e impacto zonal, y cada clasificación tiene su propio aviso o permiso con reglas de vigencia distintas.

¿El aviso de bajo impacto vence?

El catálogo de trámites de la CDMX indica que el aviso para giros de bajo impacto tiene vigencia permanente, siempre que no cambien las condiciones con las que se presentó (giro, superficie, domicilio, entre otras).

¿Necesito uso de suelo aunque mi local sea pequeño?

Sí. El certificado de uso de suelo para el giro que vas a operar aparece entre lo que se declara al presentar el aviso de funcionamiento, sin importar el tamaño del local.

¿Un negocio pequeño necesita Programa Interno de Protección Civil?

Por tamaño, solo es obligatorio si reúne a más de 100 personas y además tiene más de 250 m² de construcción. Si no rebasa los dos límites a la vez y su actividad no es de riesgo, cumple medidas preventivas como extintor, botiquín, señalización y personal capacitado.

¿Qué pasa si opero sin los documentos?

En una visita de verificación, la autoridad puede imponer medidas de seguridad como la suspensión de actividades y, al resolver, sanciones como multa o clausura temporal o permanente.

Fuentes oficiales

Consultadas el 27 de octubre de 2026.

Contenido orientativo. Este artículo explica qué es cada documento y cuándo suele aplicar, con base en las fuentes citadas. No es asesoría legal, no sustituye la revisión de la autoridad competente y no garantiza evitar multas o clausuras. Los requisitos pueden cambiar; la autoridad determina lo que aplica a cada caso.