Permisos por giro

Permiso de enseres en vía pública: mesas en la banqueta

El aviso de enseres en vía pública es el documento que permite a un negocio cuyo giro preponderante es la venta de alimentos preparados o bebidas colocar mesas, sillas y otras instalaciones en la banqueta, previo pago de derechos por metro cuadrado. Dura un año y debe dejar al menos dos metros libres para el paso peatonal.

¿Qué son los enseres y quién puede colocarlos?

Son los muebles e instalaciones que un establecimiento pone en la vía pública para dar servicio: mesas, sillas, sombrillas y similares. El catálogo oficial de trámites limita este aviso a establecimientos cuyo giro preponderante sea la venta de alimentos preparados y/o bebidas, como restaurantes, cafeterías y fondas.

¿Qué reglas básicas aplican?

Regla Qué dice la norma
Paso peatonal Al menos 2 metros libres entre los enseres y el arroyo vehicular (LEM, art. 15)
Vigencia 1 año, con revalidación
Pago Derechos por metro cuadrado utilizado (Código Fiscal de la CDMX, art. 191)
Requisito previo Aviso o permiso de funcionamiento del establecimiento

¿Por qué es un documento de alto riesgo?

Porque está a la vista de todos. Las mesas en la banqueta son de lo primero que notan vecinos y autoridades, y es común que el espacio ocupado crezca con el tiempo sin actualizar el aviso. Si los enseres ocupan más metros de los que pagaste o no respetan el paso peatonal, el negocio queda expuesto en una verificación.

¿Cada cuánto debo revisarlo?

Cada año, porque vence anualmente. Agrega la fecha a tu calendario de renovaciones junto con el resto de los documentos de tu restaurante.

Nuestros gestores pueden tramitarlo por ti.

Preguntas frecuentes

¿Qué negocios pueden poner mesas en la banqueta?

Los establecimientos cuyo giro preponderante es la venta de alimentos preparados y/o bebidas, previo aviso en el sistema y pago de los derechos correspondientes.

¿Cuánto dura el aviso de enseres?

Un año, según el catálogo oficial de trámites. Después se revalida para seguir usando el espacio.

¿Cuánto espacio debo dejar para los peatones?

La Ley de Establecimientos Mercantiles pide respetar un paso peatonal sin obstáculos de por lo menos dos metros entre los enseres y el arroyo vehicular.

¿Cómo se calcula el pago?

El Código Fiscal de la CDMX fija los derechos por cada metro cuadrado que se utilice, con una cuota distinta para bajo impacto y para impacto vecinal o zonal. Las cuotas se actualizan cada año.

¿Necesito tener mi aviso de funcionamiento vigente?

Sí. El aviso o permiso de funcionamiento del establecimiento forma parte de lo que se acredita para colocar enseres.

Fuentes oficiales

Consultadas el 27 de octubre de 2026.

Contenido orientativo. Este artículo explica qué es cada documento y cuándo suele aplicar, con base en las fuentes citadas. No es asesoría legal, no sustituye la revisión de la autoridad competente y no garantiza evitar multas o clausuras. Los requisitos pueden cambiar; la autoridad determina lo que aplica a cada caso.